Es el conjunto de ordenamientos legales, compuesto por Leyes, Tratados Internacionales y Reglamentos sobre los cuales se basa el estado para otorgar la protección y al uso exclusivo de invenciones e innovaciones, utilizadas en los procesos industriales y a los signos distintivos en los productos y servicios, que los individuos, empresas o instituciones han desarrollado legítimamente.
Una Invención es toda creación humana que permite transformar la materia existente en la naturaleza para el aprovechamiento del hombre y satisfacer necesidades concretas.
Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas. Serán patentables las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial.
A través de la patente se obtiene el derecho de la explotación, producción o uso exclusivo o a través de un tercero bajo licencia de su invento.
Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.
Se consideran modelos de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad.
Serán registrables los diseños industriales que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial. Los diseños industriales comprenden a:
a) Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación.
b) Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial.
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